Texto: LAN\1979\281 Estado: Disposición derogada
Decreto núm. 35/1979 de Consejería de Política Territorial e Infraestructura, de 5 noviembre. Avocación de competencias de las comisiones provinciales de urbanismo
Datos de la publicación donde se genera esta versión:
BOJA núm. 9 de 15/5/1981
https://www.juntadeandalucia.es/boja/1981/9
Procedencia: Consejería de Política Territorial e Infraestructura
Versión de 20/4/1981
Tipo de versión: CONSOLIDADA
Vigencia: 16/5/1981
El apartado j) del artículo 31 del Decreto 698/1979, de trece de febrero (LAN\1979\182), faculta a la Junta de Andalucía para proponer al Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, de acuerdo con la disposición final cuarta de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, texto refundido aprobado por Decreto 1346/1976, de nueve de abril, la modificación de la composición de las Comisiones Provinciales de Urbanismo de Andalucía.
El Decreto 34/1979, de cinco de noviembre (LAN\1979\280), de la Junta de Andalucía, asigna a la Consejería de Política Territorial e Infraestructura las competencias transferidas a dicha Junta en virtud del referido Real Decreto 698/1979.
Es propósito de la Junta de Andalucía modificar la composición de dichas Comisiones Provinciales de Urbanismo, adecuándolas a la nueva situación que en materia de Ordenación del Territorio y Planeamiento Urbano resulta del proceso de descentralización del Estado.
Hasta tanto se promulgue el Real Decreto que regule dicha composición, es preciso suplir la situación de transitoriedad descrita, para que el planeamiento que se proyecte en dicho período encuentre la institución que asegure el cumplimiento de los fines sociales y económicos de la ordenación urbana adecuada a las necesidades y recursos del territorio andaluz.
Para ello, con base en el artículo cuarto de la Ley de Procedimiento Administrativo sobre avocación de competencias por órganos superiores de los inferiores jerárquicos -igualmente prevista en el artículo 208.3 del texto refundido de la Ley del Suelo y en el Decreto 34/1979, de cinco de noviembre, de la Junta de Andalucía, sobre asignación de las competencias transferidas en materia de Urbanismo -previo acuerdo del Consejo Permanente de la Junta de cinco de noviembre de mil novecientos setenta y nueve,
DISPONGO:
Artículo únicoLas competencias atribuidas a las Comisiones Provinciales de Urbanismo por Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, texto refundido y aprobado por Decreto 1.346/1976, de nueve de abril, y por las disposiciones reglamentarias y concordantes, en lo que afecte al Ambito territorial de la Junta de Andalucía, transferidas a dicha Junta por Real Decreto 698/1979, de trece de febrero, serán ejercidas por el Consejero de Política Territorial e Infraestructura.
Análisis jurídico
Este documento no tiene validez jurídica